Federación Colombiana de Municipios puede invertir recursos del Simit en la implementación y sostenimiento del mismo (10:52 a.m.)
17 de Junio de 2010
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Nota:
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Los recursos que recibe la Federación Colombiana de Municipios, como entidad encargada de la administración del Sistema integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito (Simit), pueden ser invertidos en actividades que demande su implementación y sostenimiento, que involucran no solo infraestructura sino también gastos administrativos, independientemente de los organismos y entidades con las que se ejecuten, siempre que el propósito sea implementar y sostener el mismo, precisó la Contraloría General de la República. Los artículos 10 y 11 de la Ley 769 del 2002 (Código Nacional de Tránsito) crearon el Simit y encargaron su administración a la Federación Colombiana de Municipios.
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