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Administrativo


Falta de motivación de actos de retiro de cargos en provisionalidad genera su nulidad

03 de Noviembre de 2011

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Nota:
27783

La falta de motivación de los actos administrativos de insubsistencia de empleados en provisionalidad genera su nulidad, señaló la Corte Constitucional.

 

El alto tribunal reiteró que la motivación es un requisito de validez de dichos actos, que busca proteger los derechos fundamentales y evitar la desviación del poder de la administración.

 

Con ese argumento, la Sala Séptima de Revisión tuteló el derecho al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de un empleado provisional del CTI que fue declarado insubsistente sin motivación.

 

La entidad, en respuesta a un derecho de petición, argumentó que la declaratoria de insubsistencia obedeció a la facultad discrecional que tiene el nominador para desvincular a los servidores de libre nombramiento y remoción, por lo que no se requería motivación.

 

Sin embargo, la Corte recordó que el ejercicio de un cargo en provisionalidad no convierte al funcionario en un servidor de libre nombramiento y remoción, de modo que no se aplica la excepción a la obligación de motivar el acto de insubsistencia.

 

Según el fallo, la vinculación de estos funcionarios no se fundamenta en la confianza para ejercer funciones de dirección o manejo, sino en la necesidad de evitar la paralización de la función pública mientras se adelantan los procedimientos ordinarios que exige la Constitución.

 

La Corte señaló que la nulidad de dicho acto se puede reclamar usando las acciones que el ordenamiento jurídico establece para tal fin, concretamente, la acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso administrativa.

 

(C. Const., Sent. T-656, sep. 5/11, M. P. Jorge Ignacio Pretelt)

 

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