Fallo que anula acto administrativo es cosa juzgada ‘erga omnes’ (1:54 p.m.)
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29 de Agosto de 2014
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La sentencia que declara la nulidad de un acto administrativo tiene fuerza de cosa juzgada erga omnes, reiteró la Sección Primera del Consejo de Estado. Así, basta demostrar que en el proceso decidido y en el que está pendiente de decidir existe identidad de objeto, para declarar la existencia de cosa juzgada con base en una sentencia anulatoria, pues lo que se pretende es dejar sin efectos un acto que ya fue anulado previamente, independientemente de las consideraciones de la decisión, indicó el alto tribunal (C. P. Marco Antonio Velilla).
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