11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Fallo adverso al demandante no basta para configurar error judicial (2:56 p.m.)

07 de Mayo de 2015

Reproducir
Nota:
100703
La responsabilidad estatal derivada del error judicial no se configura simplemente con la existencia de un fallo adverso al demandante, pues, al resolverse un litigio, siempre habrá vencedores y vencidos, afirmó la Sección Tercera del Consejo de Estado. A juicio de la corporación, la parte vencida tiene el deber legal de soportar ese daño, salvo que la decisión que lo causó haya sido proferida en contravía del ordenamiento jurídico y violando abiertamente sus derechos, ya que solo así procede la reparación de los perjuicios (C. P. Olga Mélida Valle).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)