Explican cómo se configura el error jurisdiccional en materia de responsabilidad estatal (2:46 p.m.)
05 de Enero de 2018
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Nota:
58828
La Sección Tercera del Consejo de Estado precisó que en materia de responsabilidad estatal se prevén tres generadores, a saber: el error jurisdiccional, la privación injusta de la libertad y el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia. En relación con el error jurisdiccional, enfatizó que este debe ser de envergadura tal que la arbitrariedad pueda confirmarse con el solo cotejo objetivo entre el contenido de la providencia y los preceptos contemplados en el ordenamiento para que haya lugar a declarar la responsabilidad por ese motivo. Igualmente, explicó los dos requisitos para que se configure este generador de responsabilidad del Estado. El primero es que quien lo alega haya ejercido los recursos de ley y el segundo es que la providencia presuntamente contentiva del yerro se encuentre en firme (C.P. Stella Conto Díaz Del Castillo).
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