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Esta es la carga mínima para invocar el desconocimiento de un precedente jurisprudencial (10:15 a.m.)

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13 de Febrero de 2018

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Un fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado indica que la finalidad de un precedente jurisprudencial se centra en brindar mayor seguridad jurídica a los usuarios y operadores judiciales al definir directrices que permiten resolver una  controversia y que la misma pueda aplicarse a otros asuntos con supuestos jurídicos y fácticos similares, bajo la primacía de la Constitución Política. Por lo tanto, explicó la Sala, la parte que invoca el desconocimiento de un precedente debe cumplir con la carga mínima de i) identificar la decisión que considera desatendida; ii) la ratio de la misma aplicable a la solución del nuevo caso que se somete a la jurisdicción, dada la analogía con la litis anterior, y iii) la incidencia de esta en la decisión final que adopte el fallador de instancia (C. P. Carlos Enrique Moreno).

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