Entidades públicas no pueden incluir en sus pliegos de condiciones reglas que impidan ofrecer un mejor precio (3:20 p.m.)
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17 de Abril de 2013
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De acuerdo con el Decreto 734 del 2012 sobre determinación de precios artificialmente bajos, las entidades públicas no pueden incluir en sus pliegos de condiciones reglas que limiten la libre competencia de los proponentes y les impida ofrecer un mejor precio, pues estoy vulneraría el principio constitucional de economía, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. En este caso, corresponderá al comité asesor recomendar el rechazo o continuidad de la oferta, teniendo en cuenta las circunstancias objetivas del proponente o de la oferta y que no se ponga en riesgo el cumplimiento del contrato.
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