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El cambio de naturaleza del empleo conlleva necesariamente el cambio de régimen aplicable (2:22 p.m.)

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03 de Mayo de 2013

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Si no está vigente la convención colectiva al momento de la desvinculación del servicio, el trabajador no puede invocar derechos adquiridos para su aplicación en materia de liquidación de las prestaciones sociales e indemnización, señaló el Consejo de Estado. En la providencia se retoman las sentencias C-314 y C-349 del 2004 de la Corte Constitucional, para recordar que esta garantía depende de la vigencia de la convención. En este sentido, la Sección Segunda confirmó la decisión del ad quem y aclaró que los derechos convencionales de los trabajadores que son incorporados a empresas sociales del Estado solo se mantienen durante la vigencia de la convención colectiva. Así mismo, recordó que, en estas condiciones, la naturaleza jurídica de trabajadores oficiales muta a empleados públicos y no les siguen siendo aplicables las disposiciones del derecho colectivo del trabajo (C. P. Luis Rafael Vergara Quintero).

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