Duda sobre el origen empresarial genera riesgo de confusión indirecta en el consumidor (12:00 p.m.)
01 de Junio de 2016
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Nota:
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Así lo aclaró la Sección Primera del Consejo de Estado luego de precisar que ello puede ocurrir por la similitud entre marcas que aun cuando a primera vista son suficientemente distintivas pueden presentar elementos que induzcan en error a los consumidores, al punto de alentar en ellos la idea equivocada sobre el supuesto origen común de dos productos diferentes. En efecto, la corporación enfatizó que el derecho de marcas y la protección a las creaciones del intelecto deben precaver estas situaciones. Por otro lado, en relación con la figura de la marca débil, la sección reiteró el concepto del Tribunal Andino de Justicia, el cual ha señalado que el signo registrado como marca es susceptible de convertirse en débil cuando alguno de los elementos que lo integran es de carácter genérico, contiene partículas de uso común o evoca una cualidad del producto o servicio, “deviniendo la marca en débil frente a otras que también incluyan uno de tales elementos o cualidades que, por su naturaleza, no admiten apropiación exclusiva”, concluyó el pronunciamiento (C.P. Guillermo Vargas).
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