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Administrativo


Discrecionalidad para declarar insubsistente a empleados de libre nombramiento no es ilimitada

05 de Mayo de 2011

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Nota:
28718

La discrecionalidad que tiene la administración para declarar insubsistente a un empleado de libre nombramiento y remoción no es ilimitada, advirtió el Consejo de Estado.

 

Como estas personas suelen ser nombradas cargos de confianza y manejo, el nominador tiene el poder discrecional de removerlas libremente. En otras palabras, la administración puede retirar del servicio a estos funcionarios, sin  necesidad de motivar el acto de desvinculación.

 

Pero, aunque ese acto se presume proferido en procura del buen servicio público, esa presunción está condicionada a que la decisión esté precedida de hechos reales, objetivos y ciertos, explicó el Consejo.

 

De este modo, concluyó que la facultad discrecional no es ilimitada, sino que debe ir en consonancia con los fines legales y ser proporcional a los hechos que le sirven de fundamento.

 

La corporación encontró probada la desviación de poder en la desvinculación de un empleado de libre nombramiento y remoción que se desempañaba como directivo del Instituto Nacional de Pesca y Agricultura. Según el fallo, el retiro tenía el carácter de sanción y no obedecía al mejoramiento del buen servicio. 

 

(C. E., Secc. Segunda, Sent. 25000232500020020049201 (038809), feb. 3/11, C. P. Bertha Lucía Ramírez)

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