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Demandan norma que regula la caducidad de las investigaciones administrativas del Estatuto Anticorrupción

De acuerdo con la demanda, la norma acusada faculta a la Administración a investigar hechos ocurridos antes de la expedición de la Ley 2195.

Redacción legis

10 de Abril de 2024

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La Corte Constitucional admitió una demanda en contra del artículo 8º de la Ley 2195 del 2022, que modificó el Estatuto Anticorrupción, en el sentido de regular la caducidad de las investigaciones administrativas y habilitar la aplicación de la facultad sancionatoria a conductas de personas naturales cuya comisión se haya realizado en cualquier tiempo, pero cuya sentencia judicial haya quedado ejecutoriada o en firme después del 18 de enero del 2022.

De acuerdo con la demanda, la aplicación retroactiva de la competencia temporal sancionatoria afecta los derechos constitucionales básicos de los eventuales investigados, pues la norma no puede aplicarse a situaciones jurídicas preexistentes, porque, de lo contrario, se convierte en un instrumento de arbitrariedad.

Por ende, indica el actor que la norma por si sola es inconstitucional, por habilitar una competencia sancionatoria sobre hechos sucedidos antes de su vigencia, pero también lo es por propiciar la aplicación retroactiva de nuevos preceptos sustanciales. (Demandante: Guillermo Sánchez Luque).

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