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Deficiente acceso a la administración de justicia, nueva hipótesis para declarar responsabilidad estatal

06 de Febrero de 2018

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31983
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Teniendo en cuenta la influencia de la Convención Americana de Derechos Humanos, se fue abriendo paso a la responsabilidad por error judicial y por defectuoso funcionamiento como hipótesis para declarar la responsabilidad del Estado por el funcionamiento de la actividad jurisdiccional.

 

Para este último evento se precisó que una cosa es la intangibilidad de la cosa juzgada y otra diversa ciertos actos ejecutados por los jueces en orden a resolver los procesos, los cuales solo requieren de la prudencia administrativa.

 

Por su parte, la Ley 270 de 1996 especificó como fundamentos de la responsabilidad tres hipótesis:

 

  1. La privación injusta de la libertad

     
  2. El error jurisdiccional y

     
  3. El defectuoso funcionamiento de la administración de justicia.

 

Así las cosas, precisó el Consejo de Estado, observando en conjunto el ámbito convencional y la legislación colombiana, son cuatro los supuestos que generan responsabilidad por la actividad judicial, tres a nivel interno y uno desde la perspectiva convencional, el deficiente acceso a la administración de justicia (C. P. Jaime Orlando Santofimio).    

 

CE Sección Tercera, Sentencia 25000233600020130045801 (49756), 22/11/17

 

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