Decisiones administrativas no inciden en la legalidad de los actos que las autorizaron (8:58 a.m.)
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14 de Febrero de 2013
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El Consejo de Estado señaló que la autorización contenida en un acuerdo emanado de un concejo municipal para adelantar el proceso de transformación de una empresa de servicios públicos en mixta, mediante la vinculación de una sociedad anónima, está respaldada jurídicamente por el artículo 313, numerales 3° y 6°, de la Constitución Política. Por otra parte, la legalidad de un mero acto de autorización en este sentido no está condicionada a la manera como la administración municipal haga uso de la misma. De esta manera, la Sección Primera señaló que difieren las autorizaciones expedidas por el concejo de las decisiones que adopten las autoridades administrativas del municipio en ejercicio de aquellas y estas no inciden en la legalidad del acuerdo, por tratarse de actuaciones posteriores (C.P. Guillermo Vargas Ayala).
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