Administrativo
Deber de suministrar información es determinante en contratación estatal
14 de Diciembre de 2012
La buena fe contractual, el deber de información y la protección de la inversión como factor del desarrollo económico y social fueron determinantes para que el Consejo de Estado declarara la responsabilidad precontractual de la Nación por no informar la existencia de un pasivo en un negocio de compraventa de acciones, a pesar de que este es un hecho determinante en la contratación estatal.
El alto tribunal señaló que, en estos casos, no interesa que las partes estén convencidas de estar actuando conforme a derecho o conforme al contrato. Lo relevante, explicó, son todos los actos reales y efectivos que procuran la cabal realización de las funciones del contrato, en un ámbito de legalidad, lealtad y corrección.
El alto tribunal recordó que suministrar información veraz, auténtica y completa es uno de los deberes propios de la buena fe contractual, cuya finalidad es la satisfacción del interés general. Este deber, agregó, encuentra sus límites en la ley y en la carga de la autorresponsabilidad negocial.
(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 25000232600019980032401 (22043), nov. 19/12, C. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa)
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