Administrativo
De renuencia a suministrar historia clínica puede inferirse interés de ocultar un hecho
07 de Septiembre de 2012
La Sección Tercera del Consejo de Estado advirtió que de la renuencia a suministrar la historia clínica o hacerlo de forma incompleta puede inferirse la intención de ocultar un hecho.
La corporación recordó que las entidades de salud deben elaborar historias clínicas claras, fidedignas y completas, para garantizar la adecuada atención al paciente y el control posterior por parte del centro médico o el juez.
Con esos argumentos, el alto tribunal condenó al Instituto de Seguros Sociales (ISS) a indemnizar a los familiares de una paciente que falleció por negligencia en su atención médica. A esto se sumó el hecho de que la entidad aportó una copia incompleta de la historia clínica, lo que demostró su interés en ocultar información.
De acuerdo con el fallo, la conducta omisiva del ISS llevó a que el estado de salud de la paciente empeorara, pues, al ocultar información importante sobre su situación, con base en una historia clínica incompleta y desordenada, hizo que se diseminara su enfermedad, provocando su deceso.
“El énfasis debe centrarse en la exigencia institucional de llevar las historias clínicas de manera tan completa y clara que su solo estudio permita al juez, con la ayuda de peritos idóneos si es necesario, establecer si hubo o no responsabilidad estatal en los daños que aduzcan sufrir los pacientes como consecuencia de la prestación del servicio médico”, señala la sentencia.
(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 17001233100019980101301 (20732), jul. 26/12, C. P. Stella Conto Díaz)
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