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Dar muerte a personas desarmadas es falla en el servicio: Consejo de Estado

30 de Mayo de 2013

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Nota:
24136

A través de un comunicado de prensa, el Consejo de Estado dio a conocer su decisión de declarar la responsabilidad administrativa del Ejército por la muerte de tres jóvenes campesinos presentados como caídos en un enfrentamiento armado con un grupo armado ilegal en el municipio de Cajibío (Cauca), en abril de 1992.

 

El tribunal de primera instancia había negado la indemnización, porque, a su juicio, los jóvenes actuaron de manera imprudente. Según la decisión, “aunque conocían de los combates que se producían en el lugar, siguieron transitando por la vía”. 

 

Sin embargo, para el Consejo, a pesar de la conducta descuidada de las víctimas, no había razón que justificara que fueran dados de baja por los militares, sobre todo teniendo en cuenta que no portaban armas que presumieran un peligro para los soldados ni actuaron de manera irregular.

 

De conformidad con lo anterior, la Sección Tercera declaró la responsabilidad del Estado, a título de falla en el servicio. Por estos hechos, la Nación deberá pagar 1.455 millones de pesos a los familiares de las víctimas.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, comunicado mayo 24/13, C. P. Hernán Andrade Rincón)

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