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Corte Constitucional señala que no le corresponde referirse a recolección de basuras de Bogotá

17 de Enero de 2013

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Nota:
25087

La Corte Constitucional le respondió al procurador Alejandro Ordóñez que, de momento, no le corresponde pronunciarse sobre el nuevo esquema de recolección de basuras adoptado por la Alcaldía Mayor de Bogotá.

 

La Sala Tercera de Revisión de Tutelas señaló que su competencia se limita a vigilar la inclusión de la población recicladora en este tipo de tareas, como lo ordenan la Sentencia T-724 del 2003 y los autos 268 del 2010 y 275 del 2011, que dejaron sin efectos la licitación para la recolección de residuos sólidos.

 

Con estos argumentos, rechazó la solicitud del Ministerio Público de convocar a una nueva audiencia pública a las partes para a examinar el cumplimiento de las tareas.

 

Según el alto tribunal, como las órdenes se encuentran en fase de ejecución, se necesita un espacio de tiempo mayor, para verificar el estado de cumplimiento de lo dispuesto por esa corporación.

 

Además, reiteró que la administración ha adelantado ciertas actuaciones, que incluyen políticas para lograr la separación en la fuente, e indicó que la misma Procuraduría le ha informado que la UAESP y otras entidades han adelantado actuaciones que aún no se ven reflejadas en los indicadores de resultado.

 

Por su parte, el Ministerio Público abrió formalmente una investigación disciplinaria contra el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, por presuntas conductas irregulares relacionadas con la prestación del servicio público de aseo y otras de naturaleza contractual y administrativa.

 

Según la entidad, la investigación disciplinaria pretende verificar la ocurrencia de la conducta, determinar si es constitutiva de falta disciplinaria, esclarecer los motivos determinantes y las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que, posiblemente, se le causó perjuicio a la administración pública.

 

(Corte Constitucional, Auto 293, dic. 11/12, M. P. Luis Guillermo Guerrero)

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