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Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Consejo de Estado precisa límites sobre auxilio de transporte para protegidos de la UNP

17 de Enero de 2017

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A través de una acción de tutela, la Sección Cuarta del Consejo de Estado, con ponencia del consejero Hugo Bastidas, indicó que retirar el auxilio de transporte a personas que cuentan con esquemas de seguridad de la Unidad Nacional de Protección (UNP) no pone en riesgo su vida ni su integridad.

 

Una víctima del conflicto armado y activista de los derechos de la comunidad LGBTI buscaba que la UNP volviera a poner a su disposición el vehículo que tenía a su servicio. (Lea: Cinco documentales contra la homofobia)

 

Sin embargo, el alto tribunal negó el amparo por considerar que la decisión de la entidad demandada “no era caprichosa y tampoco lo colocaba en riesgo”.

 

Explicó que la determinación de la UNP obedeció a un cambio en la reglamentación de los esquemas, “en la cual se eliminó este auxilio para todos los casos de personas que se enfrentan a ese tipo de riesgo”. (Lea: Lo último en materia de protección de líderes de víctimas y defensores de derechos humanos)

 

Agregó que el simple retiro de la medida no genera la vulnerabilidad que se pretendía poner en evidencia, pues el activista cuenta con otras medidas de seguridad, como un medio de comunicación, un chaleco blindado y un hombre de protección.

 

La providencia concluye que si la inconformidad de la persona protegida va dirigida exclusivamente a la eliminación del auxilio de transporte como medida de protección este cuenta con la acción de nulidad y restablecimiento del derecho para controvertir la disposición administrativa (C. P. Hugo Bastidas).

 

Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia 66001233300020160071101, Dic. 7/16

 

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