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Concepto de vivienda popular no puede confundirse con el de vivienda de interés social (3:33 p.m.)

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21 de Mayo de 2010

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El concepto de vivienda popular no puede confundirse con el de vivienda de interés social, pues aunque los dos hacen parte de la política integral de vivienda, cada uno tiene un procedimiento fijado por la ley para su aplicación, indicó el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. La Ley 14 de 1983 y la Ley 44 de 1990 manejan el concepto de vivienda popular para efectos de aplicar las tarifas del impuesto predial que deben cobrar los municipios, las cuales son previamente fijadas por los concejos municipales. Por su parte, el concepto de vivienda de interés social se aplica en el ámbito de garantizar el derecho a la vivienda de los hogares de menores ingresos.

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