Competencia de los alcaldes locales para adelantar la recuperación de bienes de uso público no se extiende a los bienes de naturaleza fiscal (12:33 p.m.)
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10 de Mayo de 2010
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La competencia para adelantar la recuperación de bienes de uso público, mediante procesos administrativos, radica en cabeza de los alcaldes locales y no puede extenderse a los bienes de naturaleza fiscal, pues sobre estos existen medidas de protección precisas y a cargo de los jueces civiles, indicó el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, en concepto de abril. Los bienes fiscales con bienes patrimoniales del Estado, que sirven como medios necesarios para la prestación de funciones y servicios públicos, se rigen por la legislación común y, a diferencia de los bienes de uso público, son susceptibles de embargo y enajenación recordó la entidad.
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