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Administrativo


Comisión Interinstitucional cuestiona directiva que limita cumplimiento de embargo a cuentas estatales

Ningún superior jerárquico, en el orden administrativo o jurisdiccional, puede establecer los criterios en los que debe basarse un operador jurídico para fallar.
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26 de Julio de 2013

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La Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial se opuso a una directiva de la Superintendencia Financiera (Superfinanciera) que condiciona el cumplimiento de órdenes de embargo sobre cuentas estatales.

 

Según la Circular Externa 19 del 2012, el Banco de la República y otras entidades del sector financiero deben abstenerse de efectuar depósitos en el Banco Agrario, cuando provengan de medidas cautelares a cuentas inembargables de la Nación.

 

De acuerdo con la comisión, si bien el operador jurídico no puede excederse en sus facultades, para emitir órdenes sobre dineros estatales, que están prohibidas constitucionalmente, hay mecanismos para controlar estas actuaciones y sancionar a quienes incurran en ellas.

 

A su juicio, esta determinación de la Superfinanciera desconoce el artículo 228 de la Constitución, pues limita la independencia y la autonomía de los jueces.

 

El organismo agregó que ningún superior jerárquico, en el orden administrativo o jurisdiccional, puede establecer los criterios en los que debe basarse determinado operador jurídico para fallar.

 

(Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, comunicado, jul. 15/13)

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