Cesación de efectos del registro único de proponentes por no renovarlo no tiene carácter sancionatorio (3:00 p.m.)
Openx [71](300x120)
75074
19 de Septiembre de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
La cesación de efectos del registro único de proponentes por no solicitar su renovación no tiene carácter sancionatorio. Por lo tanto, no se puede exigir como requisito para celebrar contratos la existencia de periodos continuos de permanencia, señaló la Superintendencia de Industria y Comercio. El interesado debe inscribirse nuevamente.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!