Administrativo
Calidad de víctima será criterio de desempate en concursos de acceso a carrera administrativa
29 de Agosto de 2014
Con fundamento en el artículo 131 de la Ley 1448 del 2011, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) definió el procedimiento para que las víctimas del conflicto armado hagan valer el criterio de desempate a su favor en los concursos para acceder a la carrera administrativa.
Según la CNSC, los ciudadanos incluidos en el Registro Único de Víctimas (RUV) podrán presentarse a todos los empleos que convoque esa entidad, a través de sus diferentes concursos de mérito, en igualdad de condiciones con los demás colombianos.
En caso de que estas personas queden en la lista de elegibles en posición meritoria de empate, deberán informar su calidad ante la entidad para la cual se hizo el proceso de selección, con el fin de que esta verifique la información y le dé prioridad en el nombramiento, con fundamento en el artículo mencionado.
De otro lado, la Unidad de Víctimas recordó que estas personas tienen derecho a que las deudas con entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera (Superfinanciera) adquiridas antes del hecho victimizante e incumplidas o refinanciadas con ocasión del mismo sean objeto de una clasificación especial de riesgo.
Según dicha clasificación, los bancos o entidades financieras deben ofrecer acuerdos de pago, recalificar la deuda tal como la tenían al momento del hecho, actualizar los reportes a las centrales de información y no generar intereses de mora durante el año siguiente a la inclusión en el RUV. Además, dichas entidades deberán promover la celebración de un acuerdo de pago en condiciones de viabilidad financiera para el deudor.
La Superfinanciera reglamentó esta medida de reparación, mediante Circular 021 del 2012. En la actualidad, el programa de acompañamiento de la ruta única de reparación individual se encuentra realizando labores de difusión a las entidades financieras y a las víctimas.
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