Autonomía de la autoridad para interpretar normas no puede desconocer la Constitución ni la ley (1:30 p.m.)
02 de Noviembre de 2012
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Nota:
84488
La Sección Segunda del Consejo de Estado advirtió que la autonomía interpretativa de la autoridad administrativa no puede infringir los mandatos constitucionales y legales. En el caso estudiado, resaltó que dicha facultad no puede usarse en el sentido de afectar los recursos que están destinados a los servicios de salud. Por otro lado, reiteró que no se viola el non bis in idem cuando se inicia un proceso disciplinario y otro contencioso administrativo por los mismo hechos. Según el fallo, para que se vulnere ese principio es necesario que exista identidad de causa, objeto y persona (C.P. Bertha Lucía Ramírez).
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