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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Así es la millonaria condena a la Nación por muerte de estudiante en operativo del Esmad

16 de Junio de 2017

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

El Consejo de Estado condenó recientemente a la Policía Nacional al pago de $ 700 millones por la muerte de un estudiante de Ingeniería Química de la Universidad del Valle, en Cali, y por las lesiones causadas a otro joven, durante una protesta que se presentó hace 12 años en inmediaciones de la institución educativa.

 

Con ponencia del consejero Hernán Andrade Rincón, la Sección Tercera precisó que, aunque la actuación del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) estuvo precedida de un fin legítimo, como era evitar que los estudiantes bloquearan la vía pública, desconoció en el operativo los principios de precaución y proporcionalidad para evitar que se ocasionaran daños a los manifestantes.

 

“Solo el hecho de hacer parte de una protesta ciudadana no representa la trasgresión al ordenamiento jurídico, puesto que los habitantes tienen derecho a expresar su disenso frente a las medidas que adopten las autoridades estatales”, conceptúa el fallo. (Lea: Explican condena a la Nación por omitir pago de recompensa ofrecida por el expresidente Pastrana)

 

Acerca del caso concreto, los hechos ocurrieron cuando se presentaron enfrentamientos entre los estudiantes y personal del Esmad, quienes ingresaron al centro educativo y se dirigieron hacia donde los estudiantes tenían instalado un campamento.

 

Allí procedieron a agredir y a detener a varias personas. Esto provocó que varios jóvenes salieran corriendo al ser perseguidos. En ese instante se escucharon disparos y cayó herido el estudiante de ingeniería que fue trasladado a la Fundación Valle del Lili, a donde llegó sin signos vitales.

 

Frente a este panorama, la Sala indicó que las autoridades policivas deben estar preparadas para mantener el orden, pero siempre respetando los derechos fundamentales de las persona, entre ellos, “el de su dignidad y el espacio de libertad que requiere la protesta misma”.

 

Conclusiones y exhorto

 

Por estas razones, manifestó su preocupación por el hecho de que la justicia ordinaria hubiese precluído la investigación contra los miembros del grupo de antidisturbios, ya que las circunstancias que antecedieron la muerte del alumno no fueron esclarecidas, pudiendo configurarse una ejecución arbitraria.

 

Vale la pena informar que este hecho puede  implicar una grave violación a los derechos humanos que, al no ser juzgadas, podrían ser objeto de conocimiento de la justicia internacional. (Lea: Condenan a la Rama Judicial por negligencia en proceso de sucesión)

 

Para reafirmar lo anterior, en la providencia se enfatiza que dichos daños deben ser conocidos, juzgados y reparados por la jurisdicción ordinaria, antes de someter a las víctimas del conflicto armado a la fatigosa carga de reclamar una condena en los tribunales internacionales, “amén de que dicha circunstancia deja mal librada a la administración de justicia colombiana y la muestra ante la comunidad internacional como una instancia carente de eficacia e idoneidad y de legitimidad social”.

 

Finalmente, se exhorta a la Fiscalía para que estudie la posibilidad de reabrir la investigación penal que decidió absolver a las policías involucradas en el caso. Además, ordenó implementar un curso en protección de derechos humanos a todas las unidades del Esmad en el país (C.P. Hernán Andrade)

 

Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 76001233100020070129801 (54046), Jun. 12/17

 

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