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Aprendices del Sena seguirán recibiendo un salario mínimo

16 de Febrero de 2017

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El artículo 30 de la Ley 789 del 2002 establece la naturaleza y características del contrato de aprendizaje. Dicha norma consagra que, por regla general, el apoyo de sostenimiento que recibirá el aprendiz durante la fase práctica será del 75 % de un salario mínimo mensual legal vigente (smmlv); sin embargo, dicha cifra será diferente cuando la tasa de desempleo nacional sea menor del 10 %, caso en el cual el aprendiz recibirá el 100 % de un smmlv.

 

Por su parte, el decreto único reglamentario del sector administrativo del Trabajo señala que para establecer la tasa de desempleo nacional se tomará la tasa nacional promedio del periodo comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), a más tardar en la segunda quincena del mes de enero de cada año.

 

En tal virtud, el Dane señaló que la tasa promedio de desempleo total nacional para el 2016 fue de 9,2 %.

 

Así pues, y dando cumplimiento a la Ley 789 del 2002, el Ministerio del Trabajo acaba de expedir la Resolución 0294 del 2017, por medio de la cual se sostiene por cuarto año consecutivo el apoyo de un salario mínimo ($ 737.717) para los aprendices del Sena en etapa de práctica.

 

Mintrabajo, Resolución 0294, 02/02/17

 

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