Andje aclara cuáles son sus competencias y las características de sus comunicaciones (10:25 a.m.)
07 de Septiembre de 2017
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Nota:
57049
Ante la suplantación de la firma del titular de la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado (Andje), la entidad comunicó y reafirmó cuáles son sus competencias. El Decreto 4085 del 2011 estableció en su artículo 2° los objetivos de la Andje y delimitó su alcance a la realización de actuaciones dirigidas a la garantía de los derechos de la Nación y a la protección efectiva del patrimonio público. El Decreto 915 del 2017 dispone en su artículo 1º, asumir discrecionalmente, en calidad de demandante, interviniente, apoderado o agente y en cualquier otra condición que prevea la ley la defensa jurídica de las entidades de la administración pública y actuar como interviniente en aquellos procesos judiciales en los cuales estén involucrados intereses de la Nación, de acuerdo con la relevancia y los criterios fijados. El numeral 13 del artículo 10 del Decreto 4085 asignó al consejo directivo de la agencia la función de precisar los criterios para determinar los casos en los cuales intervendrá, y en desarrollo de dicha potestad expidió el Acuerdo 1 del 2013, por el cual se fija el alcance de la participación de la entidad en las controversias contra entidades públicas. Así las cosas, se crea la instancia de selección, que, con base en los criterios de complejidad y recurrencia, escoge los procesos en los cuales participará en el amparo de los intereses litigiosos de la Nación. Por último, la entidad precisa las características de sus comunicaciones.
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