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Al sancionar a tres parqueaderos, Superindustria reitera que precios al público deben incluir todos los conceptos que cancelará el consumidor (11:36 a.m.)

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02 de Junio de 2010

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Todos los productores o comercializadores de bienes y servicios deben anunciar el valor total de los mismos, con el fin de no asignarle al consumidor la tarea de realizar operaciones matemáticas para que este concluya cuál es el precio final, pues eso le corresponde al oferente del bien o servicio. Así lo reiteró la Superintendencia de Industria y Comercio, al sancionar a los parqueaderos Parking Internacional Ltda., Aparcar Ltda. y City Parking S.A., con multas de $ 11,3 millones a cada uno, por anunciar el precio del servicio sin incluir el IVA, forma que está expresamente prohibida en el Estatuto del Consumidor (Decreto 3466 de 1982).

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