Administradora de pensiones debe informar fecha exacta de inclusión en nómina, para efectos del retiro del servicio (10:55 a.m.)
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10 de Abril de 2013
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Cuando el empleador hace uso del retiro del servicio con justa causa, en virtud de lo previsto en la Ley 797 del 2003, para garantizar que no exista solución de continuidad entre la fecha de retiro y la fecha de inclusión en nómina de pensionados, debe allegar copia del acto administrativo de retiro e informar por escrito a la administradora de pensiones la fecha a partir de la cual se efectúa la desvinculación, con una antelación no menor a tres meses. Por su parte, la administradora cuenta con 10 días para informar por escrito tanto al empleador como al beneficiario la fecha exacta de inclusión en nómina. El retiro queda condicionado a dicha inclusión. Así lo precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, en reciente concepto.
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