Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

Administrativo


Administración no puede modificar arbitrariamente criterios del pliego de condiciones

La facultad de interpretar este documento no le permite a la administración adicionar los criterios establecidos en él.
25458

27 de Noviembre de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

En principio, el pliego de condiciones es intangible, es decir, no puede ser alterado. Sin embargo, es susceptible de ser modificado, siempre y cuando los cambios sean razonados, objetivos, se rijan por la ley, se comuniquen a los interesados y se realicen antes del cierre de la licitación o concurso.

 

Así lo reiteró la Sección Tercera del Consejo de Estado, al recordar que la entidad pública que modifica arbitrariamente las reglas consagradas en el pliego vulnera los principios de igualdad, transparencia, economía, publicidad, responsabilidad y selección objetiva.

 

De otro lado, el alto tribunal indicó que la facultad de interpretar este documento no le permite a la administración adicionar los criterios establecidos en él.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 25000232600019960332801 (22760), oct. 22/12, C. P. Olga Mélida Valle)

 

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)