Absuelven a universidad de pagar perjuicios por la muerte violenta de un estudiante ocurrida en sus instalaciones (1:59 p.m)
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25 de Julio de 2017
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La Sección Tercera del Consejo de Estado absolvió a una universidad de responsabilidad patrimonial por la muerte violenta sufrida por un estudiante en sus instalaciones. Para la corporación, en el caso analizado se comprobó la configuración de la causal de exoneración denominada “hecho de un tercero”, circunstancia que imposibilitó la atribución de responsabilidad. En ese escenario, explicó que si bien podría aducirse la posición de garante del centro educativo, en función de la seguridad de quienes han confiado en su capacidad autonómica de organización, esta figura no aplica en la misma forma como ocurre cuando se analizan situaciones en colegios, pues, a su juicio, “a menos edad, menos libertad y más carga de seguridad. A más edad, mayor libertad y menos carga de seguridad” (C. P. Jaime Enrique Rodríguez).
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