Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

Administrativo


Absolución por principio de inocencia hace viable responsabilidad objetiva del Estado

Administración no puede exonerarse por no realizar o culminar averiguaciones que habrían conducido a estructuración de causal de detención preventiva.
25696

22 de Octubre de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

Las absoluciones por aplicación del principio de inocencia o in dubio pro reo, o las decretadas por falta de prueba incriminatoria, abren la posibilidad de que el Estado sea condenado por responsabilidad objetiva.

 

El Consejo de Estado precisó que, en estos casos, la naturaleza objetiva no es discutible, porque el hecho no existió, el sindicado no lo cometió, la conducta es atípica o se aplica el principio de inocencia.

 

De acuerdo con la Sección Tercera, si bien el Estado no debe responder siempre que se causen inconvenientes a particulares en desarrollo de la administración de justicia, tampoco pueden hacerse afirmaciones categóricas para suponer que, en determinados casos, el daño antijurídico es inexistente, y mucho menos si hubo una privación de la libertad.

 

Lo contrario constituiría una manifiesta inequidad, ya que la administración no puede exonerarse por no realizar o culminar las averiguaciones que habrían conducido a la estructuración de una causal de detención preventiva, concluyó.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 2500023260001998145301 (22672), mayo 23/12, C. P. Olga Mélida Valle)

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)