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Actualizado hace 20 minutes | ISSN: 2805-6396

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Administrativo


Absolución por principio de inocencia hace viable responsabilidad objetiva del Estado

22 de Octubre de 2012

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Nota:
25696

Las absoluciones por aplicación del principio de inocencia o in dubio pro reo, o las decretadas por falta de prueba incriminatoria, abren la posibilidad de que el Estado sea condenado por responsabilidad objetiva.

 

El Consejo de Estado precisó que, en estos casos, la naturaleza objetiva no es discutible, porque el hecho no existió, el sindicado no lo cometió, la conducta es atípica o se aplica el principio de inocencia.

 

De acuerdo con la Sección Tercera, si bien el Estado no debe responder siempre que se causen inconvenientes a particulares en desarrollo de la administración de justicia, tampoco pueden hacerse afirmaciones categóricas para suponer que, en determinados casos, el daño antijurídico es inexistente, y mucho menos si hubo una privación de la libertad.

 

Lo contrario constituiría una manifiesta inequidad, ya que la administración no puede exonerarse por no realizar o culminar las averiguaciones que habrían conducido a la estructuración de una causal de detención preventiva, concluyó.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 2500023260001998145301 (22672), mayo 23/12, C. P. Olga Mélida Valle)

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