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Suspenden proceso para proveer 806 cargos en la Secretaría de Hacienda de Bogotá

05 de Abril de 2017

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Un auto de ponente de la Sección Segunda del Consejo de Estado ordena a la Secretaría Distrital de Hacienda abstenerse de conformar la lista de elegibles del concurso que convocó la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) para proveer 806 cargos de carrera de la entidad del Distrito Capital.

 

Esto significa que se suspende cualquier actuación administrativa relacionada con este concurso de méritos, dado que el acto administrativo convocante no fue suscrito por el organismo beneficiario, es decir, la Secretaría de Hacienda.

 

La consejera Sandra Ibarra indicó que, en virtud del artículo 31 de la Ley 909 del 2004, este tipo de actuaciones deben ser suscritas tanto por la entidad que las convoca, en este caso la CNSC, como por aquella que se beneficia del proceso. (Lea: Concepto de mérito no implica necesariamente ejecutar pruebas de conocimientos: Consejo de Estado)

 

Aunque la demandante exigía que se suspendiera el acto que convocó al concurso, el despacho se abstuvo de hacerlo, pues encontró que la entidad distrital participó en la planeación y elaboración de las diversas etapas.

 

Al respecto, Ibarra anotó que no cualquier irregularidad en la expedición del acto administrativo puede dar lugar a su nulidad, en tanto el acto de convocatoria solo fue suscrito por el presidente de la CNSC.

 

Razón por la cual se ordenó a la Secretaría de Hacienda que indique si aprueba o no los aspectos de la convocatoria, especialmente los relacionados con requisitos y funciones de los empleos y si se adhiere o no a la convocatoria. Se debe terminar diciendo que el proceso se mantendrá suspendido  hasta que se resuelva de fondo la demanda.

 

Consejo de Estado Sección Segunda, 11001032500020160118900 (52662016), Mar. 29/17

 

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