Administrativo
Inhabilidad para contratar con el Estado luego de ejercer cargos directivos solo se predica del ente vinculado
25 de Abril de 2017
Un ciudadano consultó al Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) si la inhabilidad contemplada en el artículo 4º de la Ley 1474 del 2011 es subsanable.
Puntualmente, el consultante hace referencia al literal f) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, adicionado mediante la Ley 1474 del 2011 y referido a la inhabilidad para que los exempleados públicos que hayan ejercido cargos directivos contraten con el Estado durante los dos años siguientes al retiro del cargo.
Este impedimento también opera para las personas que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad, afinidad o civil del exempleado.
Atendiendo a lo anterior, el DAFP recordó que fue el legislador, usando su libertad configurativa, quien estableció un régimen estricto de inhabilidades e incompatibilidades para los servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones y por un tiempo razonable a partir de su retiro, especialmente en el ámbito de la contratación pública.
En este caso las medidas legislativas se han adoptado como parte esencial de una política pública cuyo fin es erradicar y prevenir no solo posibles actos corrupción, sino proscribir ventajas y privilegios que entrañan grave desconocimiento de los fines del Estado, de los principios de la función pública y de los derechos de los ciudadanos en materia de contratación estatal.
Con todo, este tipo de inhabilidad no aplica para celebrar contratos con otras entidades del Estado en las cuales no hubiere desempeñado cargos de ese nivel.
De la misma manera, indicó el DAFP, no aplica para una nueva vinculación como empleado público en la misma entidad o en otra. Así las cosas, agregó, la inhabilidad en mención no es subsanable, en el entendido que mientras transcurren los dos años de la dejación del cargo del empleado de nivel directivo este no puede celebrar contratos con el ente donde prestó sus servicios.
DAFP, Concepto 71751, 23/03/17
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta