Administrativo
Información del menor que reposa en el expediente de restablecimiento de derechos es reservada
04 de Agosto de 2016
La información que reposa en el expediente administrativo de restablecimiento de derechos de menores de edad está sometida a reserva y confidencialidad en los términos del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006), indicó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
También está incluida en dicha reserva la historia de atención y los reportes de los operadores respecto del seguimiento a las medidas adoptadas por el defensor de familia y las de prestación de servicios en ese contexto. (Lea: Esto dice la sentencia que ordena un plan definitivo para superar la crisis de los niños Wayú)
Se debe sostener entonces que el derecho a la información tiene unos límites de orden legal que deben ser respetados por las autoridades competentes y que se encuentran precisamente fijados en atención la garantía del derecho a la intimidad personal y familiar.
Razón por la cual no puede ser entregada sin que medie orden judicial sobre la misma, pues los datos que los menores y adolescentes han reportado en las entrevistas contienen información sensible. (Lea: No se puede impedir acceso a estudiantes que no portan uniforme por razones económicas)
De acuerdo con lo previsto en la Ley 1581 del 2012, está prohibido su tratamiento y difusión, salvo contadas excepciones, como lo es, precisamente, la orden judicial.
No obstante, aclaró, la remisión por orden judicial no implica que la información sometida a reserva pierda tal carácter y se vuelva pública, sino que corresponde a la autoridad judicial garantizar su confidencialidad y reserva.
Hay que recordar que para el caso de responsabilidad penal para adolescentes la reserva se refiere no solo a la identidad de los adolescentes procesados “sino a las diligencias surtidas en el curso de los procesos, que se entienden de carácter judicial, dado que este es un sistema especializado de justicia”, concluyó la entidad pública.
ICBF, Concepto 56, Ago. 03/16
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