Estas son las directrices sobre participación de funcionarios en campaña del plebiscito para la paz (10:59 a.m.)
06 de Septiembre de 2016
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Nota:
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De acuerdo con la directiva presidencial, la campaña por el plebiscito empieza formalmente en la fecha del decreto de convocatoria, “por lo que resulta indispensable establecer qué acciones de divulgación y promoción pueden adelantar los servidores públicos durante la campaña plebiscitaria”. Así, indica la directiva que los servidores públicos tienen el deber permanente de informar a los ciudadanos sobre los asuntos de orden económico, político y social, a fin de que sea posible que los mismos participen activamente en las decisiones que los afectan, así como en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación. En consecuencia, según se señala, los servidores públicos, en el marco de sus competencias, deben suministrar información sobre asuntos relacionados con la política de paz promovida por el Gobierno, entre ellos el contenido del acuerdo y el proceso de refrendación plebiscitario, actualmente en curso. La directiva subraya que, desde el pasado 30 de agosto, los funcionarios pueden participar en actos de proselitismo electoral, promover activamente y de manera pública la votación por el Sí o por el No al acuerdo. Así mismo, podrán invitar a los ciudadanos a apoyar cualquiera de las opciones de votación. Durante la campaña, la norma establece que los servidores públicos que realicen actos de campaña podrán utilizar bienes del Estado y recursos del Tesoro Público para la misma, siempre y cuando aquellos se ofrezcan en igualdad de condiciones a todos los que detentan tal calidad. Sin embargo, aclara que el uso de los recursos se dará cumpliendo una serie de requisitos.
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