Columnistas
Sostenibilidad fiscal: un acto de responsabilidad con las futuras generaciones
26 de Julio de 2011
Mauricio Rosillo Rojas Director de la Especialización en Derecho del Mercado de Capitales Pontificia Universidad Javeriana
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La verdad es que hay que felicitar al Gobierno y al Congreso por la reciente expedición del Acto Legislativo 03 de junio de este año. La reforma constitucional en cuestión introduce el concepto de la sostenibilidad fiscal en varios artículos de la Constitución, especialmente en el 334, que se refiere a la intervención del Estado en la economía.
El concepto básico de sostenibilidad fiscal consiste en aplicar políticas y manejar las finanzas públicas sin poner en riesgo la solvencia del sector público, es decir, con responsabilidad. Este principio, que resulta elemental para la buena gestión pública y para el progreso de una sociedad, tiene muchos problemas en la práctica, debido a la dificultad que hay en la coordinación integral entre los diferentes órganos del poder público que no en pocas ocasiones tienen diferentes visiones y apreciaciones de los temas. Por eso un Estado corre permanentemente el riesgo de que se adopten políticas o se tomen decisiones que pueden poner en entredicho la viabilidad de las finanzas públicas. Por ejemplo, suena muy loable un fallo que les garantice a todos las personas el acceso ilimitado a la salud, pero la pregunta es de dónde salen los recursos para cumplir ese propósito.
Cuando un Estado empieza a aumentar desmedidamente su déficit fiscal por exceso de gasto originado en medidas y/o decisiones que no han tenido en cuenta la sostenibilidad, pues simplemente se puede quebrar y generar una recesión y un retroceso de toda una sociedad. Para no ir más lejos, solo hay que mirar lo que está pasando actualmente en Grecia y cómo está contaminando al resto de Europa.
Por eso es tan importante esta reforma constitucional, que establece que la intervención del Estado en la economía en el plano nacional y territorial se debe realizar en un marco de sostenibilidad fiscal.
Otro aspecto que se introduce en la Constitución es que el marco de sostenibilidad fiscal debe fungir como instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado social de derecho. La expresión “progresiva” reconoce que somos un país en vías de desarrollo que tiene limitación de recursos y que por más de que como nación queramos para todos salud, empleo, educación, pensiones, por mencionar algunas cosas, hay una realidad económica que hay que administrar y que no se puede desconocer.
De trascendental importancia resulta el mandato que precisa que la sostenibilidad fiscal debe orientar a todas las ramas y órganos del poder público, dentro de sus competencias, en un marco de colaboración armónica. Esta disposición no solamente los invita a coordinarse, sino que impide decisiones irracionales que no tienen en cuenta los limitados recursos fiscales, que en últimas son los recursos de todos los colombianos.
Muy interesante e innovador resulta el trámite que se introduce denominado “incidente de impacto fiscal”. Mediante el mismo, el Procurador General de la Nación o uno de los ministros del Gobierno, una vez proferida la sentencia por cualquiera de las máximas corporaciones judiciales, podrán solicitar su apertura y en la cual se oirán las explicaciones sobre las consecuencias de la sentencia en las finanzas públicas, así como el plan concreto para su cumplimiento. El trámite podrá terminar con la decisión de modular, modificar o diferir los efectos de la sentencia, con el objeto de evitar alteraciones serias de la sostenibilidad fiscal, siempre y cuando no se afecte el núcleo esencial de los derechos fundamentales.
Igualmente la reforma constitucional prevé que en el Plan de Inversiones del Plan Nacional de Desarrollo y en el Presupuesto Anual de la Nación se deberá tener en cuenta el marco que garantice la sostenibilidad fiscal.
Como un concepto de estos debe tener claros “pesos y contrapesos”, la reforma constitucional dispone que el gasto público social en cualquier caso será prioritario y que ninguna autoridad administrativa, judicial, o legislativa podrá invocar la sostenibilidad fiscal para menoscabar los derechos fundamentales o restringir su protección efectiva.
Es un hecho innegable que este acto legislativo sumado al acto legislativo de las regalías, que establece, entre otros aspectos, mecanismos para que el Estado ahorre parte de los recursos por la explotación de recursos naturales no renovables, son quizá las reformas económicas más importantes, necesarias y estructurales en los últimos años. No en vano el país recibió recientemente el tan anhelado grado de inversión por parte de las tres calificadoras de riesgo internacionales.
No faltarán las críticas populistas que buscan confundir a la gente, los ataques jurídicos o las tesis politiqueras que optan por decirle a la gente solo lo que quiere oír. Esta es una muy buena noticia para todos los colombianos y un acto de responsabilidad con las futuras generaciones.
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