Luis Wilson Laureano Báez: “El Código Disciplinario del Abogado fue un avance significativo en la materia”
27 de Febrero de 2015
Víctima de un caso de negligencia médica que le provocó la pérdida de su capacidad visual desde hace 16 años, el abogado Luis Wilson Laureano Báez se convirtió, desde el 2 de febrero, en magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena. En su opinión, su trabajo podría ser un ejemplo para otras personas con discapacidad. No obstante, deplora que haya necesidad de decisiones judiciales para que se reconozcan sus derechos.
De otra parte, defiende la necesidad de mantener un órgano jurisdiccional que controle las actuaciones de los profesionales del Derecho, pero advierte que el Consejo Superior de la Judicatura y sus seccionales tienen que ser integrados por personas de intachable conducta, integridad moral y ética.
ÁMBITO JURÍDICO: ¿Dónde radica la importancia del control disciplinario a los profesionales del Derecho?
Luis Wilson Laureano Báez: Esta jurisdicción se ha convertido en una importante y eficaz herramienta para asegurar que la trascendental función judicial se desarrolle con total observancia de las normas constitucionales. Por ello, entre otros motivos, es preciso que la jurisdicción sea regentada por magistrados de las más altas calidades profesionales y morales, pues se trata, nada más y nada menos, que de vigilar la conducta de los dispensadores de justicia. Así mismo, se requiere para contrarrestar los evidentes efectos nocivos de las prácticas incorrectas que pueden afectar el comportamiento de jueces, fiscales y abogados; el peligro de que las mismas se conviertan en costumbre y, en general, surge como instrumento fundamental para la aplicación rigurosa de las sanciones correspondientes a los funcionarios que sean hallados responsables de estas.
Á. J.: ¿Cuáles son las faltas graves que con mayor frecuencia cometen los abogados?
L. W. L. B.: Están referidas a falta de diligencia en el cumplimiento de la labor para la que son contratados, el recurrir a prácticas dilatorias con la finalidad de entorpecer el desarrollo de los diferentes procesos, así como la altamente censurable conducta de apropiarse de los dineros obtenidos como consecuencia de los litigios en los cuales actúan en representación de sus clientes.
Á. J.: ¿El Código Disciplinario del Abogado ofrece las suficientes herramientas para impartir justicia y garantizar los derechos del investigado?
L. W. L. B.: En mi concepto, la Ley 1123 del 2007 representó un avance significativo en la materia, pues introdujo la oralidad para el desarrollo de estas investigaciones, con lo cual se logra una mayor celeridad en las mismas. Lógicamente, no existe norma perfecta, por lo cual el Código Disciplinario del Abogado puede adolecer de algunas fallas. Sin embargo, en muchas ocasiones, los procesos se ven obstruidos en su desarrollo no por debilidades o lagunas de la norma, sino por el mismo comportamiento de los investigados, puesto que son renuentes a asistir a las audiencias, por lo cual la jurisdicción debe recurrir al nombramiento de abogados de oficio que, en ocasiones, es difícil conseguir.
Á. J.: ¿Está de acuerdo con la posibilidad de sancionar a los abogados hasta con la exclusión de la profesión?
L. W. L. B.: Por la singular importancia que comporta el ejercicio de la abogacía para la sociedad, existen faltas que bien merecen la imposición de la sanción. Sin embargo, debe aclararse que no es imprescriptible o interminable, pues la misma Ley 1123 previó, en su artículo 108, la rehabilitación, fijando el procedimiento y los requisitos para ello. Así, el legislador le imprimió ecuanimidad y proporcionalidad a las sanciones que consagró para los abogados que resulten responsables de la comisión de una falta disciplinaria.
Á. J.: ¿Hacia dónde deben apuntar las facultades de Derecho para prevenir conductas propias de la imposición de ese tipo de sanciones?
L. W. L. B.: Las facultades de Derecho, además de formar intelectual y jurídicamente a los alumnos, deben imprimir en sus planes curriculares la formación ética y moral. Así mismo, es menester que se garantice la idoneidad académica de los docentes, pues, lamentablemente, en algunos casos, los maestros no tienen las calidades requeridas para ejercer la cátedra. Desafortunadamente, se han ido quedando atrás, reitero, en algunos casos, aquellos tiempos en que el estudiante sentía real admiración por su profesor. Tal vez, ello también pueda ser producto de la gran cantidad de facultades que existen, muchas de las cuales no son garantía de una buena formación profesional.
Á. J.: Usted acaba de iniciar labores en una entidad que no solo ha sido criticada de diversas maneras, por aparentes excesos de algunos magistrados, sino que, además, podría ser suprimida ¿qué opina de eso?
L. W. L. B.: El que haya, como usted lo indica, cuestionamientos sobre la labor del Consejo Superior de la Judicatura es una situación que no me corresponde valorar, puesto que es la justicia la que debe pronunciarse oportunamente. Con la anterior claridad, pienso que la solución no está en eliminar instituciones, sino en garantizar la idoneidad de quienes hacen parte de ellas. ¿O es que acaso porque existan señalamientos contra algunos congresistas, debemos acudir a eliminar el Congreso de la República? En mi concepto, no, puesto que es claro e incontrovertible que el Poder Legislativo es inherente a la democracia y al Estado de derecho.
Á. J.: ¿Qué le cambiaría a la llamada iniciativa de equilibrio de poderes?
L. W. L. B.: Algo que un Estado social de derecho debe asegurar y garantizar es la autonomía e independencia judicial. Consecuentemente, ello no puede desaparecer, pues, entonces, sí es cierto que no existiría equilibrio de poderes. Pero esa independencia y autonomía no solo debe fundarse en la no intromisión de los demás poderes en las decisiones judiciales, sino también en su manejo presupuestal, para lo cual, igualmente, se requiere que el presupuesto asignado se compadezca con el que deben tener una de las tres ramas.
Á. J.: ¿Las herramientas que se han puesto a su disposición son suficientes para que pueda desarrollar su trabajo sin contratiempos?
L. W. L. B.: Llevo muchos años desempeñándome como servidor público, por lo cual poseo la experiencia y el conocimiento para desenvolverme con propiedad, algo que posiblemente no tengan todas las personas con la misma limitación, por lo cual es necesario que el Estado colombiano, en su conjunto, implemente más y mejores programas de inclusión social para las personas con discapacidad.
Á. J. : Recientemente, la Corte Constitucional impartió directrices para introducir cambios tecnológicos en la Rama, teniendo en cuenta el propósito de garantizar que personas con discapacidad contaran con la misma oportunidad que quienes no lo son para laborar y acceder a servicios judiciales. ¿Cree que la orden se ha cumplido?
L. W. L. B.: Sinceramente, no tengo elementos de juicio para determinar el grado de cumplimiento de la orden que impartió la Corte Constitucional. Reconozco, celebro y agradezco las decisiones judiciales que se han proferido para la defensa de las personas con discapacidad. Pero, en la misma dirección, deploro que algunas instancias de la propia Rama Judicial tengan que esperar a que sean las altas cortes judiciales las que, mediante órdenes de tutela, dispongan la protección de los derechos fundamentales de las personas con limitación, cuando debería ser algo que surgiera por iniciativa propia.
Á. J.: ¿Qué cambió en su vida desde el infortunio que le produjo la pérdida de la visión?
L. W. L. B.: Debo confesar que, en un principio, no era muy dado a conceder entrevistas o a que mi caso se publicitara. Sin embargo, ahora he entendido que, además de cumplir con calidad y excelencia mi trabajo, puedo constituirme en un ejemplo para las personas con discapacidad. Por eso, no tengo ningún problema en compartir con los lectores la situación que me llevó a padecer de esta limitación visual. Ella se circunscribe a un equivocado y negligente procedimiento quirúrgico que me fue practicado en los ojos, por un indolente e irresponsable médico oftalmólogo, como consecuencia del cual perdí la visión hace aproximadamente 16 años, luego de lo cual mi vida dio un giro de 180 grados. Debí, literalmente, enfrentarme a una nueva vida, llena de dificultades y barreras físicas y sociales, pero a la que al final pude adaptarme continuando en pro de alcanzar mis metas, con esfuerzo, dedicación y, sobre todo, con el apoyo incondicional de mi madre, mi padre y mis hermanas.
Luis Wilson Laureano Báez
Estudios realizados: es abogado de la Universidad Nacional, con especializaciones en Derecho Constitucional, Administrativo, Procesal y Laboral de las universidades Nacional y del Rosario.
Cargos desempeñados: fue asesor jurídico de la comisión investigadora de Asuntos Disciplinarios del Personal Docente de la Universidad Nacional; ocupó varios cargos de carrera en la Contraloría General de la República y fue Director de Estudios Sectoriales del Sector Defensa, Justicia y Seguridad de esa entidad.
Ocupación actual: magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena.
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