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Actualizado hace 2 minutes | ISSN: 2805-6396

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Reforma tributaria estructural 2016 - Tributario


Las otras recomendaciones para la reforma tributaria estructural

20 de Enero de 2016

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Luego de 10 meses de trabajo, la comisión de expertos en materia tributaria presentó su informe final al Ministerio de Hacienda, con las recomendaciones para una posible reforma tributaria estructural, según lo previó la Ley 1739 del 2014. Sobre este insumo, el Ejecutivo anunció el inicio de la socialización del texto con diferentes sectores económicos del país.

 

Es oportuno aclarar que una reforma tributaria tiene efectos fiscales para el año siguiente, por tanto, el Ejecutivo tendría plazo para radicar en el Congreso la iniciativa hasta el segundo semestre de este año.

 

Además de los temas ya conocidos, como cambios en las tarifas de IVA, el impuesto a las transacciones financieras y al impuesto de renta, la comisión plantea crear nuevos tributos, modificar los impuestos territoriales y el régimen tributario de las entidades sin ánimo de lucro, entre otros.

 

Nuevos impuestos

 

Los expertos plantean cambios drásticos en la tributación directa, eliminando tanto el impuesto de renta como el CREE y ratificando la eliminación ya prevista del impuesto a la riqueza o al patrimonio empresarial. En remplazo de todas estas figuras se propone crear un nuevo único impuesto, el impuesto sobre las utilidades empresariales. La tarifa de dicho tributo sería igual para todas las sociedades.

 

En cuanto a los impuestos departamentales, proponen ajustes a los gravámenes específicos al consumo, que son los más importantes dentro de sus ingresos tributarios. En ese sentido, piden aumentar gradualmente el impuesto al consumo de cigarrillo y tabaco, revisar la estructura de los impuestos a la cerveza y los licores y evaluar detalladamente la posibilidad y conveniencia de introducir un impuesto sobre las bebidas azucaradas.

 

Así mismo, la comisión considera que la revisión de los impuestos territoriales debe incluir la posibilidad de eliminación de tributos y contribuciones de menor importancia, tales como degüello, tasa bomberil, alumbrado público y avisos y tableros, entre otros.

 

Régimen especial tributario de las entidades sin ánimo de lucro

 

Cabe resaltar que en relación con las entidades sin ánimo de lucro se tiene que todas las asociaciones, fundaciones y corporaciones serían contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, conforme a las normas aplicables a las sociedades limitadas, salvo las que se califiquen expresamente en el Estatuto Tributario como no contribuyentes y aquellas que soliciten y sean admitidas al régimen tributario especial (RTE).

 

En la propuesta, dentro del RTE, las rentas exentas serían aquellas obtenidas por el desarrollo de actividades meritorias que defina la ley, siempre que sean de interés general, que a ellas tenga acceso la comunidad y que cumplan con otras condiciones establecidas en la propuesta y que sus excedentes se destinen como lo menciona el informe.

 

Así mismo, se limita el desarrollo de actividades mercantiles, por la competencia que representa con empresas comerciales.

 

Cambios en la Dian

 

Del diagnóstico sobre la administración tributaria, el documento concluye que para enfrentar los grandes retos tributarios el país requiere con urgencia de una reorganización profunda de varios de los aspectos operativos y legales de la actual administración. “A nivel institucional es primordial dotarla de mayor autonomía, la cual se debe regir por sus propios procesos de gobierno y gestión”, agrega el informe.

 

Recomienda al Gobierno adelantar las acciones jurídicas pertinentes para modificar la naturaleza jurídica de la Dian y transformarla en una agencia estatal. (Lea: Recomendaciones de comisión tributaria sobre IVA no han sido evaluadas: Gobierno)

 

El informe completo puede ser consultado en el sitio web del Ministerio de Hacienda, a través del link:  https://goo.gl/a0TF0I.

 

(Minhacienda, Documento, Ene. 19/15)

 

 

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