11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Congreso - Nuevo Código de Policía, parte seis


Lavar vehículos dentro de fuente hídrica y experimentar con especies silvestres generará multa de $ 735.424

06 de Julio de 2016

Reproducir
Nota:
14622
Imagen
policia-nacional-medio20ambienteponal-1509242156.jpg

 

En esta sexta entrega del especial sobre el nuevo Código Nacional de Policía, Ámbito Jurídico le informa sobre las competencias de la autoridad en materia de prevención y protección de las fuentes hídricas, de cuidado de las especies de flora y fauna silvestres y de contaminación del aire.

 

El procedimiento sancionatorio ambiental está consagrado, entre otras, dentro de la Ley 1333 del 2009. Así las cosas, el nuevo Código de Policía otorga a la autoridad de policía la competencia para imponer y ejecutar las medidas preventivas consagradas en aquella, siempre y cuando se lleven a cabo alguna de las conductas que a continuación se señalarán.

 

Con todo, una vez la autoridad de Policía haya impuesto la medida preventiva deberá dar traslado de las actuaciones a la autoridad ambiental competente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición de la misma.

 

Preservación del agua

 

Estos son los comportamientos que de acuerdo al nuevo Código Nacional de Policía son contrarios a la preservación del agua y las sanciones a las que se verá expuesto quien las ejecutase:

 

 

 

Afectación a las especies de flora o fauna silvestre

 

Los siguientes comportamientos no se podrán realizar, toda vez, que afectan las especies de flora o fauna:

 

 

 

Hay que tener claridad que la aplicación de estas medidas es preventiva y continuará aplicándose aun cuando se cambie la nomenclatura, el nombre del establecimiento, su razón social, propietario, poseedor o tenedor del mismo.

 

Las medidas preventivas no serán excluyentes para la aplicación de lo establecido en la legislación especial que regula la materia y de las competencias de las autoridades ambientales.

 

Por otra parte, quien en el término de un año contado a partir de la aplicación de la medida incurra nuevamente en alguno de los comportamientos prohibidos será objeto de suspensión definitiva de la actividad.

 

Afectación al aire

 

 

Congreso de la República, Informe de conciliación P. L. 099/14S-256/16C, 17/06/16

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)