15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Columnista online


Desinformación judicial

16 de Agosto de 2017

Reproducir
Nota:
30492
Imagen
carolina20villadiego-1509241661.jpg

Carolina Villadiego Burbano

Investigadora, Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia)

 

No sabemos realmente cuántos casos recibe y resuelve el sistema de justicia al año. Tampoco sabemos cuántos casos civiles, laborales o de familia se registran, ni cuántos casos de ciertas conductas como la violencia intrafamiliar se tramitan en el país. Y esta falta de información confiable parece no importarle a nadie.

 

En la Rama Judicial, el Consejo Superior de la Judicatura reporta anualmente al Congreso los ingresos y egresos efectivos del sector jurisdiccional, pero no explica a qué corresponden en las distintas especialidades y jurisdicciones. Es decir, ¿qué es un ingreso y un egreso efectivo en cada materia? No está claro.

 

Además, según el Consejo, en el 2016, el sistema estadístico cubrió el 92 % de la totalidad de los despachos del país. La cobertura más baja estuvo en la Corte Constitucional (44,50 % de cobertura), la Sala Disciplinaria del Consejo (64,4 % de cobertura) y la Sala Civil de la Corte Suprema (74,3 % de cobertura). Entonces uno se pregunta, ¿cuáles son las razones por las cuales la cobertura estadística de estos despachos es tan baja? No parece claro que sea un problema de conectividad.

 

Tal vez, por eso, tampoco sabemos realmente cuántos ingresos y egresos efectivos hubo en ciertas jurisdicciones. Por ejemplo, según el informe al Congreso del Consejo Superior, en el 2016, la Corte Constitucional tuvo un egreso efectivo de 436 casos (tutelas seleccionadas y procesos de constitucionalidad). Pero los registros estadísticos de la propia Corte dicen algo distinto: que ese año decidió 715 sentencias de tutela y de control de constitucionalidad. Entonces uno se pregunta, ¿será que cuentan distinto el concepto de egreso efectivo? Y, ¿la Corte profirió 436 o 715 sentencias en el 2016?

 

Pero la Rama Judicial no es la única con problemas de información en materia de justicia. El Poder Ejecutivo tiene varios servicios de justicia a su cargo y no tiene información consolidada sobre la cantidad de casos que atiende al año, ni la cantidad de decisiones jurisdiccionales que adopta (en todas las superintendencias, por ejemplo), ni la cantidad de casos donde hubo conciliación a través de los servicios brindados por sus entidades, entre otras cuestiones. Tampoco existe información consolidada sobre la cantidad de conciliaciones en equidad realizadas al año.

 

Ni que decir de las debilidades en la información cuando entidades territoriales y nacionales tienen competencia en un mismo asunto. Por ejemplo, dado que las comisarías de Familia, el ICBF, la Fiscalía, la Policía y Medicina Legal pueden participar en el trámite de casos de violencia intrafamiliar, no sabemos la magnitud total de casos que se registran al año, pues no hay información consolidada. Y eso que solo me refiero a lo que efectivamente ingresa; no, a toda la demanda represada.

 

Tener información confiable en materia de justicia es fundamental. Permite proyectar las necesidades presupuestales, el crecimiento de la demanda, la carga real de trabajo, las mejores opciones de articulación de la oferta y la posibilidad de adoptar salidas conjuntas para enfrentar la congestión, entre otras cuestiones.

 

El país necesita saber, al menos, cuántos casos ingresan y egresan por año, a qué tipología corresponden y cuánto duran los procesos. Esa información debe consolidarse, independientemente de la autonomía de las instituciones a cargo y de sus distintas competencias para gestionar y resolver los casos. Pero, además, en un mismo sector como el jurisdiccional de la Rama Judicial, tiene que haber información coherente y, si no la hay, es importante saber por qué. En fin, debemos dejar la desinformación judicial.  

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)