Acuerdo suscrito por las partes conciliadoras que implique transferencia sobre inmuebles debe elevarse a escritura pública (2:13 p.m.)
25 de Abril de 2012
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Nota:
80474
Si bien las actas de conciliación no requieren ser elevadas a escritura pública, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1395 del 2010, sobre descongestión de la justicia, y en el decreto-ley antitrámites (Decreto 19/02), los acuerdos suscritos que impliquen disposición y transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles deben efectuarse median
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