Única instancia para conocer nulidad de elección de Presidente de la República no desconoce igualdad
Las deficiencias señaladas no sugieren dudas sobre la validez constitucional de las expresiones demandadas.
27 de Abril de 2026
La Corte Constitucional declaró ajustada a la Constitución Política la posibilidad de tramitar en única instancia ante el Consejo de Estado la nulidad de la elección o llamamiento a ocupar curul, según el caso, de presidente y vicepresidente de la República, senadores, representantes a la Cámara, representantes al Parlamento Andino, gobernadores y Alcalde Mayor de Bogotá, prevista en el artículo 149 del CPACA.
Según la demanda, la inexistencia de segunda instancia que permita recurrir la decisión de nulidad electoral vulnera, de una parte, estándares nacionales e internacionales asociados a la protección de derechos políticos, y de otra, la garantía procesal de impugnación. La naturaleza sancionatoria del proceso de nulidad electoral, así como sus efectos para ejercer derechos políticos, son factores que exigen la posibilidad de contar con un trámite de doble instancia.
El alto tribunal señaló que las acusaciones carecían de certeza, al afirmar que el proceso de nulidad electoral tenía carácter sancionatorio o era expresión del ius puniendi, desconociendo la naturaleza del medio de control y su carácter marcadamente objetivo. Indicó que los cargos no satisfacen la exigencia de especificidad, dado que no consideraban la competencia del legislador para establecer procesos de única instancia en materia electoral.
Estas deficiencias, agregó, no permitieron que surgiera duda mínima sobre la validez constitucional de las expresiones demandadas. En ese orden, la disposición cuestionada no desconoce el derecho de acceder a la administración de justicia en condiciones de igualdad. También se inhibió de pronunciarse de fondo sobre la vulneración de estándares nacionales e internacionales asociados a la defensa de derechos políticos. El magistrado Carlos Camargo Assis aclaró su voto (M. P. Miguel Polo Rosero).
Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.
Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!