Red social suspendió cuenta de periodista sin explicación, Corte pide marco regulatorio para plataformas digitales
En futuros actos de moderación de contenidos, la accionada debe tener en cuenta particularidades del caso.
26 de Mayo de 2026
Si bien la Corte Constitucional confirmó carencia actual de objeto por hecho superado en la tutela promovida por un periodista contra la red social X, frente a la suspensión de su cuenta por presunta suplantación de identidad luego de que cambiara su foto de perfil por otra imagen, realizó varias precisiones en cuanto a la moderación de contenidos por parte de plataformas digitales.
El alto tribunal señaló que se trata de un periodista reconocido, con presencia relevante en el entorno digital y el uso de la imagen cuestionada se enmarcó, según el contexto, en una opinión sobre un asunto de interés público. La accionada no podía limitarse a constatar el cambio de imagen, sino que debía valorar el contexto, la calidad del usuario y la finalidad comunicativa.
Aunque no desconoció que la decisión buscaba prevenir una eventual suplantación de identidad, advirtió que la accionada no explicó suficientemente las razones de la suspensión, no ofreció respuesta de fondo a las reclamaciones, ni permitió exponer oportunamente que la intención no era suplantar a un tercero, sino expresar una postura política en el marco de la labor periodística.
La Sala instó a la red social para que, en futuras actuaciones de moderación de contenidos, tenga en cuenta las particularidades del usuario, la naturaleza del contenido o mensaje que se pretende transmitir y la necesidad de que medidas como la suspensión definitiva de una cuenta respeten estándares mínimos de debido proceso, con mecanismos efectivos de impugnación.
Así mismo, instó al Congreso, al Mintic, a la Agencia Nacional del Espectro, a la Superindustria y a la Cancillería para que avancen en un marco regulatorio especial sobre operación de plataformas digitales extranjeras en Colombia, con especial atención en moderación de contenidos, debido proceso y libertad de expresión (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).
Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.
Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!