Mujer con discapacidad múltiple ocupó lugar 314 entre 428 personas para acceder a red de apoyo
No se consideró un enfoque sobre su condición de mujer, en situación de discapacidad y abandono social.Openx [71](300x120)

16 de Julio de 2025
La Corte Constitucional estudió el caso de una mujer en situación de discapacidad múltiple, diagnosticada con VIH por abuso sexual a los 14 años de edad, además de otras patologías, respecto de la cual la Secretaría de Integración Social de Bogotá (SDIS) confirmó que cumplía requisitos para acceder a una red de apoyo, pero quedaba en lista de espera ocupando el puesto 314 de 428.
El alto tribunal determinó que fueron vulnerados los derechos fundamentales a la vida digna y al cuidado. Aunque era razonable la lista de espera por falta de cupos inmediatos, no se tuvo en cuenta un enfoque que considerara su condición de mujer, en situación de discapacidad, abandono social, víctima de violencia sexual y varias afectaciones de salud. Además, no se ofreció una solución alternativa, a pesar de su extrema vulnerabilidad.
Capacidad jurídica
Si bien la accionante (agente oficiosa) no buscó proteger el derecho a la capacidad jurídica de la mujer bajo análisis, las pruebas recaudadas permitieron evidenciar que este estaba en riesgo, principalmente en situaciones relacionadas con el otorgamiento de consentimiento informado para tratamientos médicos y para el ingreso a centros de larga estancia.
Por lo tanto, se concedió el amparo de los derechos invocados y, además, al cuidado y a la capacidad jurídica, por lo que se ordenó a la entidad accionada realizar una nueva evaluación para determinar su ingreso a la de apoyo y, en caso de que cumpla los requisitos, priorizar su ingreso, para ello deberá tener en cuenta factores como ser mujer, haber sido víctima de violencia sexual y carecer de red de apoyo familiar.
Se exhortó a la agente oficiosa, única persona en red de apoyo, a continuar acompañando a la mujer afectada bajo el enfoque de cuidados comunitarios. Igualmente, se ordenó a la Secretaría Distrital de la Mujer informarle sobre la oferta institucional disponible para atender las secuelas del abuso sexual y a la Defensoría del Pueblo consultar la pertinencia de realizar una valoración de apoyos. De ser necesario, remitir el caso a un juez de familia (M. P. Diana Fajardo Rivera).
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