A más de 12 años fue condenado exgobernador de Arauca por celebrar contratos sin requisitos legales
Su experiencia en el sector público, además de las condiciones profesionales, permiten inferir que sabía del ilícito.
16 de Mayo de 2025
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia impuso una condena de 12 años y dos meses de prisión al exgobernador del departamento de Arauca José Facundo Castillo Cisneros, procesado por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo y sucesivo. Así mismo, se impuso una multa de 366 salarios mínimos e inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por 12 años y 10 meses. Se le negó la prisión domiciliaria.
Castillo Cisneros fue condenado por irregularidades registradas en el año 2013, cuando la gobernación suscribió contratos para la dotación de mobiliario escolar para los colegios públicos de Arauca. Dicha contratación infringió los principios básicos de la contratación pública, pues se permitió la presentación de estudios previos deficientes, sin el apropiado análisis de mercado y análisis de costos, impidiendo una correcta y conveniente planeación.
En el trámite de la contratación se utilizaron cotizaciones falsas de empresas cuyas actividades económicas no coincidían con el objeto del contrato. Estas cotizaciones sirvieron de base para la elaboración de estudios de mercado, con el fin de inflar el valor de los contratos, lo que generó sobrecostos que terminaron por beneficiar a un contratista y financiar coimas y dádivas que eventualmente serían repartidas entre los miembros de la organización criminal.
Igualmente, se decidió fusionar en uno solo los tres proyectos inicialmente previstos individualmente, lo que vulneró el derecho a la libre concurrencia y restringió la posibilidad de participación de un mayor número de oferentes, ya que difícilmente una persona natural o jurídica puede estar clasificada en tantas actividades a la vez.
Las condiciones personales y profesionales del exgobernador, además de su experiencia en el sector público, permiten inferir que estuvo siempre en capacidad de comprender la ilicitud del proceso contractual que se adelantaba sin el cumplimiento de requisitos legales. La delegación a sus secretarios de despacho evidenció una forma de eludir su responsabilidad en el actuar típico y antijurídico que sabía se configuraba. Voluntariamente optó por no ajustar su comportamiento, afirmó la Sala (M. P. Ariel Augusto Torres Rojas).
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