Ley promueve lactancia materna en entornos laborales, educativos y comerciales
Se establece programas diferenciales para madres, profesionales y grupos étnicos en todo el país.Openx [71](300x120)

30 de Mayo de 2025
Fue promulgada una ley que establece medidas para promover la lactancia materna en Colombia. Se busca garantizar los derechos en salud y nutrición de madres, niños y niñas menores de tres años mediante el apoyo institucional y comunitario.
Las entidades promotoras de salud (EPS), instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) y otras deberán implementar programas de capacitación para profesionales de la salud, mujeres gestantes, madres lactantes y la sociedad.
Además, se promueve la formación certificada en competencias relacionadas con la lactancia e incorporan módulos sobre aspectos sicológicos, sociales y culturales. Estas acciones buscan asegurar un acompañamiento integral y actualizado en todo el proceso de maternidad. (Lea: Sancionan lineamientos para una política pública de lactancia materna)
Un registro público de actores que conforman las redes de apoyo a la lactancia estará disponible en línea y deberá ser actualizado periódicamente. Este sistema facilitará el acceso a servicios de asesoría y acompañamiento, incluyendo verificación de antecedentes y promoción de empleo para los actores certificados. Asimismo, se establece una hoja de ruta preventiva que abarca desde el embarazo hasta el puerperio, con enfoque diferencial, visitas domiciliarias, apoyo sicológico y acceso a información digital.
La ley también impulsa el sello “Establecimientos Comerciales Amigos de la Mujer y la Infancia”, que certificará lugares con espacios adecuados para la lactancia. Además, se desarrollarán campañas públicas de promoción y programas especiales en comunidades rurales, grupos étnicos y espacios laborales.
Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el documento soporte de esta noticia en el menú superior. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!