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Habrá atención para desplazados por causas climáticas

Se crea el Registro Único de Desplazamiento Ambiental para identificar y asistir a personas en riesgo por desastres naturales y efectos del cambio climático.

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Víctimas de desplazamiento forzado por factores ambientales enfrentan déficit de protección constitucional (Minambiente)

03 de Junio de 2026

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Esta ley establece el marco normativo para la identificación y atención de personas desplazadas por factores ambientales en Colombia. Se define el desplazamiento ambiental como la movilización forzada de individuos o comunidades debido a desastres naturales, degradación del entorno o efectos críticos del cambio climático.

El objetivo principal es garantizar la protección de los derechos fundamentales de quienes abandonan sus hogares para salvaguardar su vida e integridad ante riesgos climáticos graves. (Lea: Gobierno modifica plan contra desastres climáticos, para fortalecer atención y recuperación territorial)

Creación del Registro Único de Desplazamiento Ambiental

La norma ordena la implementación del Registro Único de Desplazamiento Ambiental, herramienta técnica administrada por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Este sistema centralizará la información de los afectados para facilitar el acceso a medidas de asistencia, reparación y programas de reasentamiento. Asimismo, el proceso de inscripción requiere una certificación oficial que valide el origen natural o antrópico del evento, asegurando una caracterización precisa de cada caso registrado.

El texto legislativo prioriza la asistencia a grupos en situación de especial vulnerabilidad, con un énfasis particular en mujeres y menores de edad. Las autoridades competentes deben diseñar políticas públicas que aseguren servicios básicos como vivienda digna, salud, educación y programas de rehabilitación económica para las familias impactadas. Además, la ley contempla la protección de animales domésticos y la preservación de la soberanía alimentaria en los territorios receptores de la población desplazada.

Para la ejecución de estas medidas, el Gobierno nacional conformará una mesa interinstitucional integrada por el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Ambiente y la UNGRD. Este organismo se encargará de definir los lineamientos técnicos y financieros necesarios para la prevención y atención del fenómeno a nivel nacional y territorial. La normativa aclara que este sistema de protección opera de forma independiente al Registro Único de Víctimas, especializándose exclusivamente en contingencias de origen ambiental.

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