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En el proceso electoral no se puede examinar la legalidad de actos administrativos diferentes al demandado (8:32 a.m.)

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09 de Marzo de 2010

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El Consejo de Estado reiteró que al estudiar la legalidad de un acto electoral no es posible examinar actos administrativos diferentes al demandado. De igual forma, explicó que el acto suspendido conserva su presunción de validez y su vigor y efectos jurídicos se mantienen en pie entre su fecha de expedición y la de ejecutoria de la providencia que lo suspende. De esta forma, la Sección Quinta evaluó los efectos de varias decisiones judiciales proferidas frente al proceso electoral que pretendía la nulidad de la designación del rector de la Universidad Tecnológica del Chocó. Según la corporación, no es cierto que en las universidades oficiales del orden nacional el gobernador del departamento tenga asiento en el consejo superior universitario pero no tenga voto. Ello sucede pero frente al rector, quien es el único miembro de ese consejo que quedó desprovisto del derecho a votar (C.P. María Nohemí Hernández Pinzón).

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