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CNDJ estableció lineamientos éticos para el uso de IA por funcionarios y empleados de la Rama Judicial

No pueden presentar como propio el contenido elaborado con IA y deben garantizar diferenciación de contenido.

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CNDJ estableció lineamientos éticos para el uso de IA por funcionarios y empleados de la Rama Judicial (UNESCO)

Foto: UNESCO

15 de Mayo de 2026

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Al terminar un proceso disciplinario contra un magistrado y ordenar el archivo de diligencias, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial estableció algunos lineamientos éticos para el uso de herramientas de inteligencia artificial (IA) por parte de funcionarios y empleados de la Rama Judicial, orientados a proteger derechos fundamentales, integridad del proceso judicial y respeto de los principios que rigen la función jurisdiccional, así:

1. Transparencia en el uso de la IA en la actividad jurisdiccional

El funcionario o empleado judicial que utilice herramientas de IA, en el ejercicio de sus funciones, deberá informarlo de manera expresa y verificable, especialmente cuando dicha herramienta haya tenido incidencia en actuaciones o decisiones relacionadas con un proceso judicial.

2. Responsabilidad y control humano de la decisión judicial

Las herramientas de IA no sustituyen el raciocinio jurídico del juez ni de los funcionarios judiciales, ni remplazan competencias que constitucional y legalmente les han sido asignadas. La IA solo puede usarse como herramienta auxiliar, nunca como sustituto de la función jurisdiccional (Lea: Consejo Superior explica alcance del uso de la inteligencia artificial en la justicia).

3. Privacidad y protección de datos

En cuanto a la protección del habeas data, funcionarios y empleados judiciales deberán abstenerse de introducir datos personales, información sensible o información confidencial en herramientas de IA cuando estas se apropien de los datos ingresados, permitan compartirlos o los utilicen para el reentrenamiento de sus modelos (Lea: Corte Constitucional define criterios para que despachos judiciales usen inteligencia artificial).

4. Seriedad y verificación de la información

El uso de IA exige un deber reforzado de verificación por parte del funcionario judicial. Por lo tanto:

- Toda información generada por herramientas de IA debe ser contrastada y verificada mediante fuentes jurídicas confiables.

- El funcionario judicial no podrá fundamentar argumentos o decisiones en información generada por IA sin realizar una comprobación rigurosa de su exactitud, pertinencia y fiabilidad.

- Se debe evitar el uso de herramientas cuyos datos de entrenamiento, funcionamiento o procesamiento de información no sean verificables o transparentes.

5. Uso prudente y proporcional de la IA. Antes del uso, los funcionarios y empleados judiciales deberán:

- Definir con claridad la tarea específica que se pretende desarrollar con apoyo de la IA.

- Evaluar si dicha tarea puede realizarse mediante otros instrumentos tecnológicos más confiables o seguros.

- Verificar que las capacidades de la herramienta sean adecuadas para la actividad a desarrollar.

- Abstenerse de emplear ‘chatbots’ generales o comerciales en sus versiones gratuitas, cuando estos no ofrezcan garantías suficientes de seguridad, trazabilidad o protección de la información.

6. Integridad y atribución de autoría

Los funcionarios y empleados judiciales no podrán presentar como propio el contenido elaborado por herramientas de IA. Cuando se utilicen textos generados por IA, deberá indicarse claramente su origen, garantizando identificación, citación y diferenciación del contenido generado por la herramienta frente al elaborado por el funcionario judicial (M.P. Mauricio Fernando Rodríguez Tamayo).

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